Política

FINJUS propone cambios al proyecto de ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa en el Senado

La fundación sugirió al Senado incluir el principio de juridicidad y sustituir la Procuraduría General Administrativa por el Abogado General de la Administración Pública.

Por Demostración revrid 2 min de lectura 8 lecturas
FINJUS propone cambios al proyecto de ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa en el Senado
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La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) remitió al Senado una serie de observaciones sobre el proyecto de Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa, registrado con el expediente número 01480. El documento fue dirigido al proponente de la iniciativa y al presidente de la Comisión Permanente de Justicia y Derechos Humanos.

La entidad valoró la propuesta como un avance en la actualización del marco jurídico, orientado a garantizar la tutela judicial efectiva frente a los actos de la Administración Pública y a reforzar la seguridad jurídica.

FINJUS propone cambios al proyecto de ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa en el Senado
Foto: FINJUS

Principios y derechos

FINJUS observó que el artículo 3 no incluye el principio de juridicidad y propuso incorporarlo, para asegurar que las actuaciones y omisiones de la Administración se ajusten a la Constitución, las leyes y los derechos fundamentales.

También sugirió reconsiderar el nombre del "principio antiformalista", pues considera que puede interpretarse como un rechazo general a las formas, que a su juicio también son garantías de debido proceso y seguridad jurídica. En su lugar planteó una formulación basada en la interpretación más favorable al derecho del administrado.

Sobre el artículo 6, planteó reforzar derechos como la motivación y la ejecución de la sentencia.

Silencio administrativo y medios digitales

La fundación advirtió que el proyecto reconoce los actos presuntos, pero no precisa los efectos del silencio administrativo. Pidió definir cuándo es positivo y cuándo negativo, así como la ejecutoriedad, la impugnación y los límites de esos actos.

Además, señaló que el texto se armoniza de forma limitada con la Ley 339-22 sobre Uso de Medios Digitales en el Poder Judicial, lo que podría generar incertidumbre sobre escritos electrónicos, notificaciones digitales, audiencias virtuales y cómputo de plazos.

Representación del Estado, pruebas y ejecución

FINJUS indicó que el artículo 29 mantiene la Procuraduría General Administrativa, aunque la Constitución (artículos 166 y 167) y la Ley 80-25, que crea el Ministerio de Justicia, establecen la figura del Abogado General de la Administración Pública y su Oficina. Solicitó sustituir toda referencia a la Procuraduría.

Asimismo, pidió regular de forma específica la prueba pericial, en lugar de remitir al Código de Procedimiento Civil (artículo 51), y prever que el tribunal pueda ordenar la retroacción del procedimiento al anular un acto. También planteó ajustes a los artículos 90 y 91, sobre pago fraccionado y suspensión de la ejecución de sentencias.

Fuente: FINJUS. Foto: FINJUS.

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Demostración revrid

Redacción de Demostracion.

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